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Impuestos en Andorra: No es un Paraíso Fiscal (Actualizado 2024)

By November 2, 2020December 17th, 2023Impuestos, Andorra

 

El Principado de Andorra ha estado considerado durante muchos años como un paraíso fiscal. Ahora bien, desde el 2018 este país ha dejado de estar considerado un paraíso fiscal por la OCDE. Por consecuente, en 2018 Andorra salió de la lista negra de la OCDE.

Este hecho viene dado en gran medida a la inclusión de un sistema tributario hasta la fecha muy atractivo.

De esta manera, en el Principado de Andorra estos son los principales impuestos que existen:

Impuesto de Sociedades: este impuesto grava los beneficios obtenidos por las empresas andorranas o dicho de otro modo, constituidas bajo la legislación andorrana.

Este impuesto tiene un tipo fijo del 10%. Es decir, los beneficios obtenidos por las empresas deberán tributar a un 10%.

Una pregunta frecuenta en este impuesto, es si por ejemplo una empresa andorrana tiene una cuenta bancaria en España, ¿ese dinero recibido en España tributaría en Andorra o en España? La respuesta a esto es sencilla: en Andorra. Una sociedad andorrana puede tener una cuenta bancaria en cualquier país del mundo y aún así continuar tributando su beneficio en Andorra.

 

 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Tiene por objetivo gravar la renta mundialmente obtenida por las personas.

El tipo al que está sujeto este impuesto es de máximo el 10%. Ahora bien, es importante mencionar que:

– Los primeros 24.000€ obtenidos de las rentas del trabajo están totalmente exentos (salario como administrador de una empresa andorrana).

– Los primero 3.000€ obtenidos de ganancias patrimoniales (poker, trading, etc) están totalmente exentos.

– El resto hasta 40.000€ tienen una bonificación del 50%, por lo que tributan a un 5%.

– El resto tributaria al 10%.

Impuesto General Indirecto (IGI): este impuesto es el homologo al IVA español y al VAT francés. Grava el consumo, las prestaciones de servicios, importaciones y exportaciones.

El tipo general de este impuesto es del 4,5%. Y ahora bien, si se presta servicios a un tercer país, las facturas deben realizarse sin IGI.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no Residentes (IRNR): este impuesto grava las rentas de personas no residentes obtenidas en el Principado de Andorra.

El tipo de este impuesto es del 10%. Tiene especial consideración en aquellos negocios en los que se necesita contratar publicidad de Facebook  y de Google. Esta pregunta debe contestarse teniendo en cuenta lo siguiente:

– Si el servicio se contrata en Andorra (como Google y Facebook no tienen sede en Andorra este criterio no se cumple).

– Si el servicio se ha realizado en Andorra (ídem de lo anterior).

– Por último, si el servicio se va a utilizar en Andorra (en este punto puede entenderse que si la publicidad se realiza para público español esto no se cumple).

El hecho de cumplir uno de los tres requisitos, requeriría tener que retener un 10% (quién contrata el servicio en Andorra) y hacer la consiguiente declaración ante la Agencia tributaria Andorrana.

Existen en Andorra otros impuestos como por ejemplo el Impuesto Indirecto sobre las Transmisiones Patrimoniales (ITP) el tipo del cual es del 4%, o bien las plusvalías cuyo tipo impositivo puede ser del 1% al 15%.

Por último, es importante resaltar que en el Principado de Andorra no existe, por lo que no se tributa, por el Impuesto de Donaciones ni el Impuesto de Sucesiones. Por lo que las herencias y las donaciones no se tributan actualmente en Andorra.

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